Democracia, poder y minorías en Bertrand Russell

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En este sentido hay una concordancia con el pensamiento de Russell de la democracia de la defensa de los derechos humanos


 

Por: Álvaro Carvajal Villaplana

Texto publicado Originalmente en Revista Humanidades, Vol. 3, pp. 1-11 / ISSN: 2215-3934 Universidad de Costa Rica. 2013

 

 

1. LA NOCIÓN DE PODER EN RUSSELL

Para Russell el poder es definido como “[…] la producción de los efectos deseados […]” (2008, 23). Según él se trata de un concepto cuantitativo, ya que “[…] dados dos hombres con deseos similares, si uno de ellos alcanza todos los deseos similares el otro y además otros, no tiene más poder que el otro. Pero no hay medios exactos de comparar el poder de dos hombres, uno de los cuales puede alcanzar un grupo de deseos y el otro un grupo distinto de deseos […]”

Esta perspectiva, no se ubica en una teoría del poder descriptiva, sino que lo analiza como una noción relacional. También, el autor concibe el poder como causa de resultados . Él considera que en el ser humano existe un impulso hacia el poder, esta tendencia natural se refleja en las emociones y los sentimientos, los que conforman el deseo por el poder y la gloria. La única manera de obtener la gloria es por medio del poder, tanto el deseo de poder como el deseo de gloria son idénticos, uno conduce al otro, están estrechamente aliados. Ambos son los deseos infinitos del ser humano (2008, 3).

En este sentido, Russell considera que tanto los economistas neoclásicos como Marx se equivocaron al suponer que el interés económico es el motivo fundamental de las ciencias sociales, más bien el concepto fundamental es el de poder, en este sentido, la riqueza es tan solo un medio para alcanzar u obtener más poder, es decir, se busca la riqueza para aumentar el poder, y así la gloria. Por tal razón, el motivo que mueve al ser humano a obtener riqueza no es económico (3-4). De tal manera que, para Russell, la centralidad de la noción de Poder en las ciencias sociales se expresa en una analogía con las ciencias naturales, en particular la física: “[…] el concepto fundamental de la ciencia social es el Poder, en el mismo sentido en que la Energía es el concepto fundamental de la física […]” (2008, 4). Además, al igual que la energía, el poder puede clasificarse en categorías: “[…] como la física el poder tienen muchas formas […] Ninguna de ellas puede considerarse subordinada a otra y no hay una forma de la cual se deriven las otras […]” (4).

Esta comparación continua con la idea de la transformación de la energía: “[…] el poder, como la energía, puede considerarse que pasa continuamente de una de sus formas a otras y debería ser tarea de la ciencia social buscar leyes de esa transformación […]” (4).

El intento de aislar una forma de poder, especialmente en nuestros días, como forma económica, ha sido, y es todavía, una fuente de errores de gran importancia práctica (5). De hecho para Russell, existen unas leyes de la dinámica social, y estas sólo pueden “[…] pueden ser establecidas en términos de poder en sus varias formas. Para descubrir esas leyes es necesario, en primer término, clasificar las formas de poder y luego pasar revista a algunos ejemplos históricos importantes de los modos de organización y los individuos han adquirido el dominio de las vidas humanas […]” (2008, 6). Para él, este es un análisis más adecuado que el de los economistas.

Por lo anterior, Russell distingue varias formas de poder, cada una de las cuales tiene su utilidad. La primera distinción que hace es entre “[…] el poder sobre los seres humanos y el poder sobre la materia muerta o las formas no humanas de vida […]” (2008, 24). Si bien, a él le interesa el poder que se ejerce sobre los seres humanos, reconoce que el principal cambio de las sociedades actuales es el incremento del poder sobre la materia o la naturaleza, esto por medio del control o el dominio que se ejerce sobre ella, por medio de la ciencia y la tecnología. Aunque este es un tema de sumo interés, lo que le interesa analizar es el dominio ejercido por los seres humanos otros seres humanos.

El poder sobre los seres humanos, a su vez lo clasifica en tres categorías, esto y según cómo influye en los individuos o por el tipo de organización que implican (2008, 24). Así, desde la perspectiva de la influencia en el individuo, el poder se divide en: a) “[…] por el poder físico directo sobre su cuerpo, por ejemplo, cuando es encarcelado o muerto […]”; b) “[…] por las recompensas y los castigos utilizados como alicientes, por ejemplo, dando o retirando empleos […]” y c) “[…] por la influencia en la opinión, por ejemplo, la propaganda en su sentido amplio […]” (2008, 25). Esas tres maneras de numerar el poder según cómo influyen en el individuo, también se aplica a las organizaciones.

Estas últimas se distinguen por la clase de poder que ejercen, por ejemplo: (a) “[…] el ejército y la policía ejercen el poder coercitivo sobre el cuerpo […]”; (b) las organizaciones económicas “[…] utilizan las recompensas y los castigos como incentivos y amenazas […]” y (c) “[…] las escuelas, las iglesias y los partidos políticos persiguen una opinión influyente […]” (2008, 25). Los límites de tales distinciones no son precisos para Russell, ya que cada organización utiliza otras formas de poder, aparte de aquella que es le es más característica (25)2 .

A pesar de que a Russell se le atribuye una concepción de la política y del poder que es individualista, esto no parece ser tan cierto, ya que como expuso Russell -al igual que Niklas Luhmann (1995)- distingue entre el poder del individuo y el de las organizaciones. Además, considera el poder como colectivo. Este discute sobre cómo puede establecerse el equilibrio entre las organizaciones y el individuo, o entre el Estado y el individuo, o entre la mayoría y las minorías. Una amplia discusión sobre estos asuntos se pueden encontrar en textos como Autoridad e individuo (1949) y Libertad y organización (1934). Por otra parte, a partir de tales distinciones, Russell considera que las “[…] las diferentes sociedades difieren de muchas maneras con respecto al poder.

Difieren, ante todo, en el grado de poder poseído por los individuos o por las organizaciones […] Difieren también en cuanto a la clase de organización que tiene más influencia […] Difieren, en tercer lugar, con respecto a la diversidad de los medios de adquirir el poder […]” (2008, 5). Otra vez, dicha distinción está basada en una relación dialéctica entre el individuo y la colectividad. Ahora, esto no impide que Russell haga un análisis psicológico con base en los fundamentos biológicos de las emociones que inducen al deseo del poder y la gloria de las personalidades.

 

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De hecho en Power, dedica un capítulo al estudio de ciertos tipos personalidad, las que dan impulso a ciertas formas de poder, tal es el caso de los caudillos y los secuaces (2008, 7-22). Por otra parte, el poder no se presenta en el pensamiento de Russell como monolítico, sino que existe una desigualdad en la distribución del poder, el cual, ha existo siempre en las comunidades humanas. Esto en razón, en parte, “[…] a la necedad en parte a la necesidad externa, y en parte a causas que deben ser encontradas en la naturaleza humana. Muchas empresas colectivas son posibles únicamente si son dirigidas por algún órgano de gobierno […] El carácter de algunos hombres les lleva siempre a mandar, así como el carácter de otros les lleva a obedecer; entre esos dos extremos se encuentran la masa de los hombres corrientes, a quienes les gusta mandar en ciertas situaciones, pero en otras prefieren estar sujetos a las órdenes del caudillo” (8-9).

Es interesante contrastar esta idea de Russell de la desigualdad del reparto del poder con la idea de Jacques Rancière del reparto de lo sensible (2009, 9). Mientras que el primer indica que no todos(as) participan del poder; el segundo define “[…] el hecho de ser visible o no en un espacio común, dotado de una palabra común […]” (10). La esencia de la política no es la represión, sino “[…] el reparto de lo sensible caracterizado por la ausencia de vacío y de suplemento […]” (2006, 71), así hace visible a la víctima, al testigo, al excluido (2007, 167).

En este sentido hay una concordancia con el pensamiento de Russell de la democracia de la defensa de los derechos humanos (157). Si en Russell la democracia es la doma del poder, en Rancière, como lo nombra Fernando Broncano (2011), la democracia es la silla vacía (sobre esta concepción de la democracia véase Rancière, 2007, 126-127). Esta silla vacía es ocupada por aquellos que no participan en la repartición del poder o de lo sensible (115), los que no tienen derechos y que aspiran a tener derechos, la silla vacía es ocupada por aquellos que adquieren voz para reclamar sus derechos, pero nadie puede usurpar la silla en representación de la víctima. Veo una complementariedad en las ideas de ambos autores.

En Power, Russell se plantea dos asuntos importantes en torno al poder; el primero es la idea de la democracia como un instrumento para la doma del poder; el segundo, es la protección de las minorías como un mecanismo para la doma del poder. La democracia como la silla vacía, también sirve como instrumento para la doma del poder, y hacer visible lo invisible.

 

2. LA DEMOCRACIA COMO INSTRUMENTO PARA DOMAR EL PODER

Russell se plantea el problema de cómo “[…] asegurar que el gobierno sea menos terrible que los tigres […]” (2008, 224). A esto es lo que llama “[…] el problema de domar el poder […]” (224), el cual considera es un problema muy antiguo. Uno de los instrumentos que el encuentra para lograr el objetivo de la doma del poder es la democracia, según él: Para el que estudia la historia de la naturaleza humana debe ser evidente que la democracia, aunque no sea una solución completa, es una parte esencial de la solución.

La solución completa no se encontrará limitándose a las condiciones políticas; debemos tener en cuenta también la economía, la propaganda y la psicología en cuanto se relaciona se relaciona con las circunstancias y la educación (225). Un antecedente a esta idea de la democracia como doma del poder se encuentra Leibniz, aunque más atenuada. Para dicho filósofo la preocupación por el poder reside en cómo ejercer y administrar el poder, a partir de ciertos principios éticos, de tal forma que los gobernantes busquen o tiendan el bien común y la felicidad. Desde este punto de vista, la preocupación del filósofo es influir en las estructuras de poder existente, por lo que el gobernante debe actuar éticamente.

En este contexto la política es un instrumento para la acción y la obtención de la felicidad humana. Aunque en Leibniz esta idea de control ético tiene que ver con la voluntad del autoperfeccionamiento, que se rige por el principio del bien común, un principio metafísico tanto de la acción política como de la moral (Leibniz, 2011, 571). En última instancia, el poder para Leibniz debe ser más de tipo moral, en el sentido del ejercicio de una autoridad moral (572), el cual es la base espiritual del Estado, más que de la fuerza o la violencia, aunque el Estado o la sociedad no dejan de tener un fundamento en la coerción para imponer la convivencia pacífica entre los hombres o los ciudadanos.

El instrumento operativo para ejercer el control ético del poder de las minorías gobernantes son las leyes. La diferencia más importante reside en que Leibniz no creía en la democracia. La democracia tiene unos méritos “negativos”, según Russell, ya que “[…] no asegura un buen gobierno, pero previene ciertos peligros […]” (2008, 225). En Realidad y ficción (1957), asevera que la democracia tiene diversas ventajas: (1) hace posible un grado de libertad intelectual que no existe en modo alguno bajo un régimen despótico, aunque no descarta que en una democracia se den casos de persecución; (2) una democracia será menos guerrera que un gobierno autocrático, aunque no puede decirse, de manera absoluta, que una democracia, esté en contra de la guerra. Aunque, hace a las sociedades más pacíficas, lo cual depende de la educación y el tratamiento de la historia (1957, 94). (3)

La democracia es valiosa porque evita unas atrocidades y unos horrores a gran escala, los que se facilitan en otros regímenes, aunque a partir de la democracia algunos llevaron a algunos líderes al poder que cometieron atrocidades. (4) Otro argumento a favor de la democracia es que aporta un posible método de arreglar las diferencias, este método es legal, y sirve para enderezar los desagravios, hace posible el respeto a la ley, a una sociedad bien ordena, lo que es difícil en una autocracia (1957, 112). (5) La libertad sólo está segura, allí donde existe un proceso ordenado para el cambio de gobierno o para alterar las leyes (112). Además, (6) garantiza la libertad individual. Sin embargo, la democracia, aunque necesaria, no es de modo alguno la única solución política que se requiere para domar el poder.

 

3. EL RESPETO A LAS MINORÍAS COMO FORMA DE CONTROL DEL PODER

Para Russell la democracia existe porque todavía no se ha podido domar el poder. Por tal razón, ahí donde existe la democracia es porque aún hay la necesidad de “[…] defender a los individuos y a las minorías contra la tiranía, tanto porque la tiranía es indeseable por sí mismo como porque es probable que conduzca a la alteración de la razón […]” (2008, 231). Así, la democracia es concebida como una defensa de los derechos humanos de los individuos y de los grupos minoritarios.

 

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Esta defensa proviene no solo del Estado, sino que deben existir una serie de “[…] asociaciones para defender esta o aquella forma de libertad y para provocar una crítica activa contra los funcionarios, la policía, los magistrados y los jueces que se exceden en sus poderes […]” (231-234)3

Una advertencia importante ha de hacerse, Russell no se refiere a la defensa de las minorías que ostentan el poder, sino a aquellas que se encuentran en situación de dominación, desigualdad o exclusión, ya que una minoría en el poder, puede someter a una mayoría, en sus palabras: “[…] los peligros de la esclavitud y de la servidumbre son familiares y dondequiera que una minoría tiene un monopolio seguro del poder político es probable que la mayoría caiga, tarde o temprano, en la esclavitud o en la servidumbre.

Toda la historia demuestra que, como podría esperarse, no se puede confiar en las minorías cuiden los intereses de la mayoría […]” (2008, 257). Por tanto, según Russell no hay ningún grupo, que a priori, pueda ser considerado como “bueno” o “malo”, por lo que supone que “[…] ninguno de los grupos, si consigue el poder, se preocupará de los intereses del otro, excepto en la medida en que está impresionado por el temor de una revolución […]” (2008, 226-227). Según, él “[…] toda la historia demuestra que, como podía esperarse, no se puede confiar en que las minorías cuiden los intereses de la minoría […]” (2008, 226). El asunto es ¿quién decide cuál grupo es bueno o malo?, este sólo puede hacerse por el criterio de la imparcialidad.

En la vida social existe de la imparcialidad, la que se obtiene por la acción colectiva “[…] la única forma practicable de imparcialidad, en esas materias, es el gobierno de la mayoría […]” (227). Empero, si bien, la democracia es necesaria, “[…] no es de modo alguno la única condición política que se requiere para domar el poder […]” (2008, 227), ya que “[…] en una democracia la mayoría puede ejercer una tiranía brutal y completamente innecesaria sobre la minoría […]” (227). Las minorías nacionales, religiosas y políticas, pueden ser perseguidas, así como las mujeres excluidas. Por eso, “[…] la salvaguardia de las minorías, en tanto que es compatible con un gobierno ordenado, es una parte esencial de la doma del poder […]” (227).

La doma del poder por la democracia y la defensa de las minorías, requiere la consideración de delimitar aquellos asuntos en los que “[…] la comunidad pueda obrar como un todo y aquellos en los cuales no se necesita la uniformidad […]” (2008, 227). Por ejemplo, una decisión colectiva debe tomarse en relación con las cuestiones geográficas, es más fácil resolver un problema de minorías que se encuentra concentrada geográficamente, que cuando una minoría se halla distribuida en una región, por ejemplo, el caso de una minoría religiosa, en este caso no es necesario establecer una uniformidad (259). Así, según Russell: La cuestión del grado de libertad que es compatible con el orden no puede ser establecida en abstracto.

Lo único que se puede decir es que donde no hay una razón técnica para una decisión colectiva debe haber alguna poderosa razón relacionada con el orden público si se ha limitar la libertad (228). En Principios de reconstrucción social (1916), Russell, considera que en la pretensión de la doma del poder, la ley es representada con frecuencia como una alternativa para la fuerza, pero esto según él, esto es un error. En esta obra el derecho aparece como un modo de organizar la fuerza, pasando de individuos o grupos pequeños a otros mayores (90). Así, el derecho no es solo un modo de regularizar el dominio del más fuerte, es también el modo de regulación de las relaciones sociales entre iguales (1916, 92).

Esto recuerda a Max Weber, en Sociología del Poder (2007), cuando se diferencia poder de dominación. Es decir, un poder que se obedece por ser legítimo y un poder en tanto dominación, es decir, imposición de unos sobre otros. En Russell, al igual que en Weber se trata de una debate sobre la legitimidad del poder. En este sentido, para Russell, la justicia en la democracia cumple dos dimensiones: (a) una tiene que ver con el mérito y el control del poder; (b) el otro es que implica la igualdad. Ahora, para Russell no es recomendable la “igualdad lisa y llana”, sino que tiene haber algún de desigualdad, la última está “[…] justificada por sus efector útiles y no por cualquier concepto abstracto del mérito y el demérito […]” (97). Lo propio de la justicia es la igualdad, salvo cuando la desigualdad se revele socialmente útil (1916, 98). Pero no cualquier desigualdad, no se pueden admitir las desigualdades injustas, sino aquellas que son justas (98).

Se impetrada, según el análisis que hace en Power, que la desigualdad que favorece a las minorías que sufren injusticia es la deseable. Una forma de desigualdad injusta es la que se genera con el racismo. Según Russell, el racismo tiene su fundamento en las emociones, en especial, el odio, y en particular, el odio racial, el cual consiste en el miedo a lo desconocido (1916, 123). Ya que, “[…] lo que es desconocido es inalcanzable y lo que es inalcanzable puede ser peligroso. Tal es el sentir que ha inducido a los hombres a la búsqueda de leyes científica […]” (123). Este miedo desaparece con el conocimiento (1245), por ende, con él, el conflicto. A pesar que la ciencia y el conocimiento pueden contribuir a eliminar el odio racial, para Russell “[…] siempre habrá razones para odias a los grupos ajenos […]” (125).

A este respecto, Russell enuncia dos fuentes más de tal emoción, las que aparentemente son contrarias, pero las que están íntimamente relacionadas en la realidad, ellas son: (a) el deseo de sentirse superior y (b) el miedo a sentirse inferior (126), de tal manera que “[…] cuando el sentimiento de seguridad se hace inseguro y es reemplazado, parcial o totalmente, por un sentimiento de inferioridad, entra en juego algo más profundo, es decir, el miedo hostil que todos los animales gregarios tienen a los miembros de otros rebaños […]” (126). En Power advierte que la solución a este problema es la educación en la tolerancia y la libertad como formas de limitar o domar al poder. Si bien, Russell, en Power, no habla de los gais, lesbianas y transexuales como una minoría, al menos en su obra pueden encontrarse dos textos que se refieren a este grupo y sus derechos.

El primero de esta cita se encuentra en Retratos de memoria y otros ensayos (1956b), ahí cita a S. Mill, quien condena en la legislación inglesa de su época por su discriminación a los homosexuales. A respecto Russell considera que “[…] si dos adultos emprenden voluntariamente, semejante relación, es asunto que sólo les interesa a ellos y en el que la comunidad, por lo tanto, no debe intervenir […]” (1956b, 127). Esta perspectiva calza perfectamente en el planteamiento que hace en Power, en la distinción entre aquellos asuntos que deben ser uniformados y aquellos que deben ser tratados en su especificidad o como se plantea en Principios de reconstrucción social, que la mayoría no tiene derecho a intervenir, pues la desigualdad que se establece es útil socialmente.

 

Foto extraída de: BBC UK

 

Por tanto, se trata de un asunto de tolerancia y libertad. Así, la comunidad no puede intervenir en la prohibición de la homosexualidad, “[…] por la simple razón de que tal conducta sea considera perversa […]” (1956b, 127). Por tanto, el derecho penal “[…] debe ser invocado, para evitar que se cometan violencias o fraudes sobre las víctimas involuntarias; pero no debe ser invocado cuando, por grande que sea el prejuicio que pueda existir, éste es sufrido sólo por los agentes de los actor que acarrean ese prejuicio […]” (127). La segunda cita sobre la homosexualidad se encuentra en la antología de textos Bertrand Russell responde, ahí indica que “[…] su actitud respecto a la homosexualidad consiste en que no se ha de encarar con un criterio distinto del que se aplica a las relaciones heterosexuales […]” (1969, 170).

Russell asume una posición de normalización de las relaciones homosexuales, esto referido al tratamiento del matrimonio, el divorcio y a los hijos de las personas homosexuales. Sobre el divorcio, Russell considera que “[…] muchas veces estas consideraciones extramatrimoniales, homo o heterosexuales, sean indeseables, pero si uno de los conjugues está profunda y seriamente enamorado de otra persona, es muy difícil que el matrimonio continué siendo feliz y a veces lo aconsejable es el divorcio. En estas cuestiones es imposible dictar reglas generales […]” (170). Este es un asunto de libertad, tolerancia e igualdad.

Así, siguiendo los principios que limitan el poder: la libertad y la tolerancia, puede interpretarse que Russell, en la ontología Russell. Respuestas a preguntas fundamentales, considera que la libertad no puede existir sin la tolerancia. Para él, la “[…] base esencial de la libertad no radica simplemente en las instituciones políticas, sino en la difusión general del conocimiento de que todas las opciones tienen derecho a existir y de que, por muy convencido que uno esté, es posible que se equivoqué […]” (1993, 109). En el contexto del pensamiento general sobre el tratamiento de la democracia y el poder, esto se aplica a las minorías. Para Russell, la prueba de la tolerancia consiste en tolerar aquello que nos desagrada, ahora, una tolerancia madura para Russell, es aquella que no castiga ninguna opinión, podemos incluir ciertos comportamientos, como el homosexual, mientras no tenga como resultado algún acto delictivo (316).

La tolerancia por tanto tiene límites (317). Aunque, las minorías han de ser protegidas, en Ensayos impopulares, Russell advierte que, si bien, a veces éstas son admiradas de tal manera que se considera que los oprimidos tienen una superior virtud, es el caso de las naciones sometidas, los pobres, las mujeres y los niños (1950, 112), sin embargo, Russell que tal manera de argumentar es una forma de idealización. En contraste, en Autoridad e individuo, indica que la dignidad sólo ha sido privilegio, por necesidad, realmente, una virtud de unas minorías, podríamos decir privilegiadas, ya que “[…] donde quiera que existe la desigualdad de poder, no es probable que la encontremos entre los que están a la autoridad de otros.

Unas de las características más repulsivas de las tiranías de la injusticia es la forma en que obligan a las víctimas de la injusticia a rendir homenaje a los mismos que lo maltratan […]” (1949, 78). Esta es la razón por la que aquellos que se oponen, por ejemplo, a una oligarquía establecida, la menosprecian. Por lo anterior, Russell afirma que “[…] la igualdad existe lo mismo donde todos son esclavos que donde todos son libres, lo que demuestra que la igualdad, en sí misma, no basta para construir una sociedad ejemplar […]” (1949, 79).

Ahora independientemente de tal advertencia, frente a los poderes exorbitantes del Estado frente al individuo y los grupos, en Caminos a la libertad (1918), plantea una manera de domar el poder, la cual consiste en la extensión del autogobierno a todos los grupos relevantes en aquellos asuntos que les conciernen y que no afectan sustancialmente al resto de la comunidad, si bien esta obra se refiere a los consumidores, los sindicatos y los productores, según el planteamiento aquí sintetizado de Russell, esta actitud puede extenderse a las minorías y a las minorías sexuales.

 


NOTAS

1. Según Norberto Bobbio, en la filosofía política el poder es presentado bajo tres aspectos con base en los cuales se pueden distinguir tres teorías fundamentales: la sustancialista, la subjetivista y el tradicional, esta último es la más usada. En la primera categoría de teorías ubica a Hobbes y Russell, y una de las teorías menos usadas, en especial la de Russell. El poder se concibe como aquel que tiene un ser humano en el presente para obtener algún aparente bien futuro (108). Se trata de dones materiales y adquiridos. En Russell esta teoría adquiere la connotación de “producción de los efectos deseados”, y en cuanto tal adquiere tres formas, como se anota en el ensayo: (a) físico y constrictivo, (b) psicológico: amenazas, castigos y recompensas y (c) persuasivo y disuasorio, por medio de la educación (1989, 105).

2. Al respecto de los tipos de poder que distingue Russell, cabe recordar que para Luhmann el poder debe diferenciarse de la coerción para hacer algo concreto y específico, en casos extremos la coerción recurre a la violencia física, y esta se ejerce donde hay carencia de poder (1995, 14).

3. Si bien Russell analiza la democracia desde la perspectiva positiva, existe un debate actual que plantea los problemas de la democracia y el odio hacia ella porque no cumple con las aspiraciones que promete. Una síntesis de los argumentos que expresan ese malestar se encuentra en Jacques Rencière, en El odio a la democracia (2006) y en Andrea Greppi, Concepciones de la democracia en el pensamiento político contemporáneo (2006).

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